COMUNICADO DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE AVICULTORES DE PANAMÁ (ANAVIP) SOBRE DECLARACIONES PÚBLICAS DEL ADMINISTRADOR DE LA AGENCIA PANAMEÑA DE ALIMENTOS (APA)
Por el respeto, consideración y protección que merecen los consumidores panameños frente a los riesgos a la salud pública que involucran prácticas de comercio violatorias de las leyes y normativas vigentes de la República de Panamá, la Asociación Nacional de Avicultores de Panamá siente la obligación de referirse públicamente a las desafortunadas declaraciones brindadas por el Administrador de la Autoridad Panameña de Alimentos (APA), Licenciado Alberto Paz-Rodríguez sobre el descongelamiento de productos cárnicos importados en los comercios, como lo son el pollo y el cerdo, que evidencia una ignorancia inexcusable de las leyes panameñas y del estado de derecho que rige en nuestro país.
Nos referimos a las afirmaciones vertidas por el Administrador de APA Licdo. Alberto Paz Rodriguez en el Noticiero 180 minutos que dirige el periodista Alvaro Alvarado, donde en abierto desconocimiento de las leyes y normativas nacionales e incurriendo en una apología que invita y promueve a la violación de las mismas, intenta establecer un símil entre el pollo fresco y congelado que no resiste el mínimo dictamen técnico y, mucho menos, mide las gravísimas consecuencias que tales declaraciones pueden significar para la salud y, por consiguiente, para la vida de los consumidores panameños.
Para los productores avícolas panameños resulta incomprensible que un funcionario público del nivel del Administrador de APA incumpla su principal responsabilidad que es conocer las leyes que rigen en nuestro país, las cuales en la materia que nos ocupa, a través de diferentes normativas, prohíbe y sanciona expresamente la descongelación de productos cárnicos, como el pollo y el cerdo, lo mismo que su manipulación, troceado, reempaque y su mezcla con productos frescos, dado que está demostrado que los riesgos de intoxicación alimentaria se incrementan peligrosamente producto de que las bacterias presentes en el alimento que quedan inactivadas durante la congelación y que se multiplican en forma exponencial cuando el producto se descongela.
ANAVIP no puede menos que censurar semejantes afirmaciones del Administrador de APA que sin tapujos reconoce que existen comercios en nuestro país que descongelan los productos cárnicos, como es el caso de pollo importado, para comercializarlos como productos frescos, incurriendo no solamente en la infracción de la normativa sanitaria de nuestro país, sino también en un engaño a nuestros consumidores en violación también de las normas de protección al consumidor que rigen en Panamá.
Esperamos que en una muestra de rectificación, principalmente por respeto a los consumidores panameños y al estado de derecho que rige en la República de Panamá, la Agencia Panameña de Alimentos y su Administrador reconozca que en nuestro país soberanamente rigen y se aplican exclusivamente las leyes panameñas y no las de otros Estados, por lo que responsablemente APA debe aclarar a la ciudadanía que están vigentes y son aplicables a la comercialización de productos cárnicos los Artículos 94 y 124 del Decreto Ejecutivo No 147 del 29 de diciembre de 2022 que regula el expendio de carne de aves, lo mismo que el Artículo 20 del Decreto Ejecutivo No 6 del 25 de enero de 2024 sobre expendio de la carne porcina y por último el Artículo 18 del Decreto Ejecutivo No 71 del 29 de diciembre de 2023 relacionado con el expendio de carne de bovinos, ovinos, caprinos y bufalinos, todos los cuales PROHIBEN Y SANCIONAN EL DESCONGELAMIENTO de estos productos cárnicos.
JUNTA DIRECTIVA ANAVIP
Panamá, 11 de diciembre de 2024